JUICIOS PENALES A MÉDICOS.
JUICIOS PENALES
A MÉDICOS.
El Código de Hammurabi es el conjunto
de leyes más antiguo que se han encontrado en la antigua Mesopotamia, para
controlar y organizar la Sociedad hacia
el siglo XVIII a.C. Antes de este Código ya existían otros Códigos en
Mesopotamia: como el Código de UR – NAMMU
y la Ley del Talión que se puede resumir “ojo por “y “diente por
diente”.
1.- Si un médico hace incisión
profunda a un hombre con bisturí de bronce
o si le abre la sien a un hombre con bisturí de bronce y le salva un
ojo, percibirá 10 siclos de Plata.
2.- Si
es hijo de un individuo común, percibirá 5 siclos de Plata.
3.- Si es un esclavo de un hombre,
percibirá 2 ciclos de Plata.
4.- Si un médico hace incisión
profunda en un hombre con bisturí de bronce y le provoca la muerte, o si abre
la incisión profunda la sien a un hombre con bisturí de bronce y deja tuerto al
hombre, que le corten la mano.
5.- Si un médico hace incisión profunda con bisturí de bronce, al esclavo de un
individuo común y le provoca la muerte, restituirá al esclavo.
6.- Si un médico compone un hueso roto
a un hombre o le cura un tendón enfermo,
el paciente pagará al médico 5 siclos de Plata.
Afectan al personal sanitario y pueden
verse negativamente influenciado de
responsabilidad civil.
CAUSAS
POR LAS QUE UN MÉDICO PUEDE SER ACUSADO Y DEMANDADO. .
.-
Negligencia – Impericia – Exceso de confianza – Inobservancia de las normas. Iatrogenia –- Incumplimiento de los resultados – Abuso o
acoso sexual.
RECOMENDACIONES
PARA EVITAR JUICIOS POR DISPRAXYS MÉDICA.
.-
Actuar
en todo momento para el bien de los pacientes y nunca para mal de persona
alguna. PRIMUN NON NOCERE.
.-
Ilustrar a todo paciente sobre las características del
acto médico, diagnóstico o tratamiento y
solicitar su consentimiento.
.- Advertir a los pacientes sobre los
riesgos del acto médico y recalcar, que
la Medicina no es una ciencia exacta.
.- Admitir de inmediato los errores
cometidos, lo que no equivale a confesar
negligencia ni impericia.
.- No sobre valorar las técnicas o
instrumentos, ni anteponerlos a la relación a la directa o humana médico/paciente.
.- No confiar ciegamente en las
habilidades de los integrantes de un equipo médico, colega o paramédico.
.- No criticar el diagnóstico o
tratamientos de otros médicos.
.- No actuar sin los medios e
instrumental mínimo requerido y denunciar oportunamente las CARENCIAS
hospitalarias.
.- Dejar constancia por escrito de lo
actuado, respetando la confidencialidad y secreto profesional.
.- Prescindir, salvo casos de
emergencia, de indicaciones, diagnósticos o tratamiento a distancia.
.- Practicar la “MEDICINA ENCIMÁTICA”, esto es, estar encima del paciente.
JUICIOS A MÉDICOS.
En Roma se introduce un elemento que
es la culpa.
En 1825, siglo XIX, en Francia, juicio
al Dr. Helié, fue llamado para un parto, comprobó la presentación de hombro,
amputó el brazo con la idea de facilitar la expulsión fetal. Lo demandaron los
padres; el Tribunal lo condenó por actuar con predimentación, pérfidos
designios y criminales intenciones. La Academia de Medicina lo absolvió.
Julián
Viso Rodríguez.
Médico
/ Cirujano.
Profesor
de Anatomía.
Villagarcía
de Arosa, 23 de marzo 2019.
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