MAIMÓNEDES. . EL ARTE DE SER..
Mashé ben Maimón ou Musa ibn. Médico Maymun.
Filosofo - Médico - Teólogo - Rabino - Andaluz español.
Nació en 1.135 en Córdoba, actual España, el 30 de marzo, de una familia distinguida por vía paterna, de jueces, Rabinos, estudiosos. Su madre murió al darle a luz, hija de un carnicero. Su padre se volvió a casar, era un erudito formado en LUCENA, por Rabí Joseph Ha- Levi Ibn Migash.
En 1.148, en Córdoba una ola de fanatismo Almohade hizo que su familia tuviera que aparentar su conversión al Islam y cambiar a menudo de residencia por Al - Andalus. Vivió en la ciudad de Almería, donde dio cobijo en su casa a su Maestro Averroes. Se trasladó en 1.160 con sus hijos a FEZ. Allí residió por 5 años, debido a la intolerancia Almohade que les obligó a exiliarse, primero en Palestina y finalmente en Egipto.
Maimódenes residió allí hasta el resto de su vida, junto a su familia en la ciudad egipcia de Alejandría y después en la capital FUSTAT (hoy El Cairo), donde se ganó la vida ejerciendo la Medicina en la Corte del Visir Saladino y luego del Visir Al - Fadi,hijo mayor de Saladino.
Obtuvo gran fama y admiración popular. En 1.177, fue designado dirigente de la Comunidad Judía en Egipto. Maimónedes insistía en Calificarse a sí mismo de "Sefardi". Murió en Fustat el 13 de diciembre de 1.204, su tumba fue trasladada a Tiberiades, en el actual Israel.
Su gran obra filosófica le dio fama. Aunque ésta fuera muy discutida por el Judaismo, entre otras razones por su fuerte oposición al MISTICISMO de los cabalistas y su influencia aristotélica, se le consideraba la mayor figura posbíblica (según el proverbio:"De Moisés a Moisés, no hubo otro Moisés". En algunos ámbitos conservadores se le llegó a considerar HEREJE de su religión, en especial, por ser el responsable de convencer a los CARAISTAS de apartarse de sus prácticas originales y acercándolo al Judaismo Rabínico.
Como Médico dejó una importante huella en la tradición popular que muestra a Maimónedes como un Médico a quien se atribuyen milagros que le elevan al nivel de Santo, un sabio, Juez y un Rabino.
OBRA: En su juventud escribió poesías religiosas y una epístola árabe, Como Médico escribió un buen número de tratados, como el que dedicó al SULTÁN SALADINO: "Tratado sobre los venenos y sus antídotos", el año 1.199, al hijo del Sultán Al - Fadi: "Guía de la buena salud,(1.198) y la "Explicación de las alteraciones. (1.200).Rabínicos (Talmúdicos), son dos: un comentario en árabe de la MISHNÁ, El Luminar,(1.168). También el titulado. "Libro de elucidación" y la "Segunda Ley o Repetición de la Ley",(1.180), que constituye su obra magna y consiste en una amplia y minuciosa recopilación por materias de todas las Leyes y normas religiosas y jurídicas de la vida judía,(es decir del Talmud).
Obras filosóficas de gran peso en el pensamiento medieval, escritas durante los últimos años de su vida: "Tratado sobre la Resurrección de los muertos" (1.191).
"La guía de los Perplejos" (1.190), ella establece una conciliación entre la fe y la razón. De Maimónedes surge el movimiento intelectual judaico de los siglos XIII y XIV que se extendió por España y el sur de Francia, partidario del realismo teológico
JURAMENTO HIPOCRÁTICO.
Juramento público que hacen
los que van a empezar sus prácticas con pacientes o se gradúan en Medicina,
Veterinaria, Fisioterapia, Odontología y enfermería.
TEXTO
DEL JURAMENTO.
Juro por Apolo, médico, por
Esculapio, Higía y Panacea y pongo por testigos a todos los dioses y diosas de
que he de observar el siguiente juramento que me obligó a cumplir en cuanto
ofrezco poniendo en tal empeño todos mis esfuerzos y mi inteligencia.
Tributaré a mi Maestro de Medicina el mismo
respeto que a los autores de mis días, partiré con ellos mi fortuna y los socarraré si lo necesitan, trataré a
sus hijos como a mis hermanos y si quieren aprender la ciencia se la enseñaré
desinteresadamente y sin ningún género
de recompensa.
Instruiré con preceptos, lecciones orales y
demás medios de enseñanza a mis hijos, a los de mi maestro y a los discípulos
que, se unan bajo el convenio y juramento que se determine la Ley Médica.
Estableceré el régimen de los
enfermos de la manera que les sea más provechosa, según mis facultades y a mi
entender evitando todo mal y toda injusticia. No accederé a pretensiones que busquen la administración de
venenos, ni sugeriré a nadie cosa semejante, me abstendré de aplicar a las
mujeres pesarios abortivos.
Pasaré mi vida y ejerceré mi
profesión con inocencia y pureza. No necesitaré la talla dejando tal operación
a los que se dedican a practicarla.
En cualquier casa donde entre no llevaré
otro objetivo que el bien de los enfermos, me libraré de otro objetivo que el
bien de los enfermos, me libraré de cometer voluntariamente faltas injuriosas o
acciones corruptoras y evitaré sobre todo la seducción a mujeres u hombres
libres o esclavos.
Guardaré secreto sobre lo que oiga y vea en la
Sociedad por razón de mi ejercicio y que no sea indispensable divulgar, sea o
no del dominio de mi profesión considerando como un deber el ser discreto en
tales casos.
Si observo con fidelidad este juramento,
séame concedido gozar felizmente mi vida y mi profesión honrando siempre entre
los hombres si lo quebranto y soy perjuro, caiga sobre mí la suerte contraria.
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