DISPRAXYS MÉDICA.


                                              DISPRAXYS   MÉDICA.

          I.-INTRODUCCIÓN:
          La Malpraxys Médica indica de una manera muy general
cualquier actuación incorrecta en el ejercicio de la profesión médica
capaz de provocar daños al paciente. El valor de un acto reside no en las
consecuencias sino en la causa, en la intención, en medicina se otorga
prioridad en el juicio de la intención, el fundamento, la oportunidad y la
realización de un acto diagnóstico o terapéutico, más que al resultado.(1).
                    En cualquier acto médico se establece una relación entre el
profesional médico y su paciente, se realiza un convenio en forma virtual
que corresponde a una figura jurídica de un contrato que crea derechos  y
obligaciones para ambas partes. El contrato mencionado no impone al
profesional que la consecuencia de su participación sea la curación de la
enfermedad sino que utilice los medios pertinentes para devolver la salud
al paciente.
                    En la naturaleza del acto médico hay  factores incontrolables 
que  provocan resultados opuestos a los buscados, pueden generarse 
perjuicios, graves o ligeros,  inmediatos o tardíos, que se califican de  
Iatrogénicos.  Esto se tiende a atribuir casi siempre a ineptitud,
negligencia, impericia, mala selección o errónea administración de la
terapia o equivocada   apreciación del riesgo. En nuestros procedimientos
diagnósticos o terapéuticos que alteran la anatomía, (cirugía) la
fisiología, el metabolismo y el equilibrio que define la salud se puede
ocasionar el daño iatrogénico
                    La Medicina es una profesión de gran importancia social y
 ha elaborado códigos de ética profesional para establecer los deberes y
 Responsabilidades del facultativo hacia las personas y comunidades,
 Igualmente  para sancionar a los transgresores (18). La ejecución de actos
 Médicos es asunto de interés público y es lógico por consiguiente que el
 Ejercicio de la Medicina Legal esté sometido a normas  y requisitos que
Deben llenar las personas que se dediquen a ello.

                    En la historia la responsabilidad del médico se establece
 Desde dos milenios a.C.; en Egipto existía una casta dedicada a la
 Curación de las enfermedades ajustándose a  principios escritos en libros
 Sagrados que se creía dictados por el dios de la sabiduría: THOTH, así
 Nace la responsabilidad profesional médica. En Babilonia (hoy Irak) el
 Código de Hammurabi, alrededor de 2000 a.C. se fijaron reglas sobre la
 Responsabilidad  del médico y se establecieron penas muy severas a los
 Presuntos errores médicos.

IATROGENIA.

                    Compuesta por las palabras "yatros"o "iatos": médico y
 Génesis o Geniar: origen; según el Diccionario de la Real Academia
 de la Lengua  Española: " Dícese de toda alteración del estado del paciente producidas por el médico". Las enfermedades iatrogénicas son aquellas que únicamente  no se presentan si  no se hubieran aplicado diagnósticos o tratamientos indicados por profesionales y por ello constituyen una de los grandes problemas de la medicina contemporánea. El término IATROGENIA lo creó Sir Arthur Hurst.(17).
                    Los orígenes médicos y jurídicos datan del siglo XIX, en
 1.825 se conoce el primer registro de juicio iniciado en Francia al Dr.
 Helié por amputación de ambos brazos a un feto para facilitar su
expulsión. El juez lo condenó por actuar sin prudencia y con una
 precipitación  increíble. En 1.833 el segundo juicio contra el Dr. Thoret
Noray. (12).
                    En Venezuela el  Código Civil, en el artículo 1.185 y
 en el Código Penal, artículos 411 y 412, se refieren al hecho ilícito y a
 los delitos culposos donde a consecuencia de imprudencia, negligencia o
 Inobservancia de leyes y reglamentos se ocasionen daño a otro.(11).

 II.-  CONTENIDO.-

                    Analizamos a continuación los tipos de IATROGENIA.

          a) IATROGENIA SOCIAL:  Illic, (9) utiliza este término con lo
 cual quiere expresar que debido a los altos costos de la asistencia médica
 actual se provoca  una falta de equidad en la posibilidad de acceso a los
 servicios sanitarios médicos; por este motivo los hospitales públicos
 tienen una gran limitación de presupuesto y equipos, pero existen los
 centros de salud privados muy dotados pero inaccesibles por sus
 altísimos costos.

                    De acuerdo con la Declaración Universal de Derechos
 Humanos, todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y
 derechos, toda persona tiene derecho al servicio médico, como
 protección de la salud, cualquiera que sea la modalidad, pública o
privada. Se entiende que en una sociedad económicamente desarrollada,
los ciudadanos tienen un derecho básico a  la asistencia sanitaria como
 una condición necesaria de  la vida propiamente humana. El estado está
 en la obligación de asegurar que se proporcione la asistencia de salud
 adecuada con acceso igualitario, de justicia social, a cualquier recurso
 sanitario que provenga del erario público. Sanidad para un pueblo
 incluye: alojamiento, pureza y abastecimiento de agua, transporte, los
 medios de comunicación de masa, educación y el estado debe saber que
 proporción de los recursos totales de la comunidad serían distribuidos
 para enfermedades y dar prioridad a ello.

          La Constitución de Venezuela, 1999,(15) en su Capítulo V, de  los
Derechos Sociales y de las Familias; garantiza para todos la seguridad
 Social, salud, asociada indisolublemente a la calidad de vida. En la misma Constitución  Título III de los Derechos Humanos y garantías y de los deberes, Artículo 19, refiere: "el Estado garantizará a toda persona y sin discriminación alguna el goce irrenunciable de los derechos humanos" y la salud es uno de ellos.(19).

          La Ley de Ejercicio de la Medicina en el Título III,Capítulo I, artículos 101 y 102, tipifica y normaliza la función del médico en la denominada Medicina Institucional. El Código de Deontología Médica, Título  III, Capítulo Primero, artículos 82 y 83, garantiza el servicio y la atención médica institucional. (14).

IATROGENIA  MEDICAMENTOSA.-

          En la práctica médica se utilizan con demasiada frecuencia, por prescripción profesional y otras veces por automedicación, medicamentos sin estar al tanto de las dosis terapéuticas, contraindicaciones y efectos secundarios; éstas obligan a hospitalizaciones de pacientes que padecen los males secundarios de las drogas y es necesario tratarlos. En décadas anteriores la Talidomida causó estragos teratogénicos en mujeres embarazadas, naciendo niños con malformaciones congénitas severas e irreversibles.

          En oportunidades la reacción secundaria accidental es sorpresiva a drogas de la terapéutica común. Otras veces se deben a fallas individuales del médico: por impericia e imprudencia en el manejo de las drogas y por desconocimiento de algunas propiedades farmacológicas o toxicológicas.

IATROGENIA POR LA PALABRA.-

          Es la llamada Iatrolalia,la más común de las formas de iatrogenia, comienza con la realización de la historia clínica y en toda la relación médico/paciente. Hablar mal de los médicos que con anterioridad han examinado y tratado al mismo enfermo. En el Código de Deontología Médica, Capítulo Segundo, artículo 101,(16) prohíbe desacreditar a un colega y emitir opiniones que puedan perjudicar moralmente, es antiético y puede confundir al paciente en referencia.

          Comentar en alta voz los resultados de exámenes, radiografías, delante del enfermo aún cuando se haya llegado a un diagnóstico cierto y se indique el tratamiento adecuado. Realizar comentarios al dirigirnos al enfermo o a sus familiares y hacer referencia al diagnóstico y pronóstico de la enfermedad.

          IATROGENIA CON LOS GESTOS:   IATRONIMIA.-

          Cualquier gesto inapropiado en la relación médico/paciente o en diálogo con los familiares del enfermo puede causar confusión y es motivo para que se desencadenan una serie de situaciones entre el binomio médico/paciente que termina causando angustias al desdichado doliente y, eso es Iatrogenia.

IATROGENIA   QUIRÚRGICA.-

          Todo acto quirúrgico constituye una agresión, incluyendo la anestesia; hay factores incontrolables que pueden provocar resultados opuestos a los buscados y pueden generarse perjuicios graves o ligeros que se califican como iatrogénicos, es indudablemente una iatrogenia inevitable. El cirujano es un médico especialista dedicado a reintegrar la salud de adolescentes, adultos y ancianos por medio de su terapéutica; con amplia formación científica y humanística, con habilidades manuales y rapidez mental que le permitan actuar con eficacia ante los problemas quirúrgicos electivos o de emergencia. Para ser cirujano se requieren  estudios teóricos, entrenamiento de post-grado, sistemático, gradual de cuatro años  como mínimo.(8) Se precisa  que el cirujano tenga buena aptitud física y psíquica, seguridad en  sus  diagnósticos e intervenciones quirúrgicas. Es el cirujano primordialmente un servidor público y el principal defensor del enfermo.(10).

          En nuestro mundo contemporáneo los cambios tecnológicos se acompañan de nuevas actitudes sociales y culturales, además de la generación de un caudal de posibilidades individuales. Esta innovación social exige concentrarse en los principios morales tradicionales de la ética médica como: beneficencia, justicia, responsabilidad profesional y respeto por la autodeterminación del paciente, bien individual o común, alivio del dolor y abstención de prolongar la agonía.(19).

          El cirujano en sus labores diarias está frente al mundo legal,  es imprescindible que nuestro cirujano debe conocer suficientemente procedimientos como: experticias médicas, secreto médico, examen en busca de huellas del delito u homicidio y distintas lesiones. En innumerables aspectos el médico-cirujano puede y debe ser un auxiliar de la justicia.

          En la medicina moderna reconocemos varias circunstancias que han hecho variar la actuación de los médicos. Es lógico protestar y repudiar la manera utilizada por los colegas contemporáneos para anunciarse ante el público profano. La Ley del Ejercicio de la Medicina, en el artículo 14 refiere: "El médico tiene derecho a anunciarse para el ejercicio profesional general. Para anunciarse en una especialidad médica o quirúrgica se requiere haber aprobado un curso de postgrado de la especialidad o de entrenamiento dirigido en un Instituto nacional o extranjero debidamente acreditado y reconocido como tal  por el Ministerio de Salud, sin perjuicio de que el reglamento establezca procedimientos de evaluación periódica del especialista. El anuncio deberá tener la aprobación del Colegio respectivo conforme a las normas de la Federación Médica Venezolana". El artículo 27  del Código de Deontología Médica tipifica la norma como puede el médico elaborar un aviso de prensa: "Sólo se hará constar su nombre, apellido, especialidad inscrita en el Colegio Médico respectivo, teléfono del consultorio y de la habitación.; los días y horas de consulta. Someter este aviso al visto bueno del Colegio Médico. No permitir que este aviso sea radial, televisivo o proyectado en pantallas de cine.

          Los deberes generales de los cirujanos, emitida por el Tribunal Disciplinario de la Sociedad Venezolana de Cirugía refiere igualmente como actos reñidos a la moral médica los avisos de prensa no autorizados por el respectivo Colegio Médico; incluso va a más allá, prohíbe  la participación del cirujano con carácter de tal, en programas, entrevistas o publicaciones de radio, televisión y prensa (16) que no tengan carácter divulgativo sin previa autorización de la Sociedad Venezolana de Cirugía  (17) y deben atenerse estrictamente a las disposiciones del Código de Deontología Médica y a los Estatutos de la Federación Médica Venezolana.

          El cirujano trabaja con las manos para tratar  de curar a un enfermo, por tanto, es el ingrediente especial  del acto operatorio. Todo acto quirúrgico necesita para su realización un espacio quirúrgico, el quirófano o sala de operaciones. En este espacio hay:
El enfermo. El Cirujano. Los Cirujanos ayudantes. Personal de enfermería y  sus auxiliares. Anestesiólogo. Tecnología fija y móvil. Protección de la contaminación.

El cirujano principal precisa:
1.- Conocimientos: de Anatomía Topográfica. Fisiología. Fisiopatología. Anatomía Patológica. Semiología Clínica. Conocimientos  de cuidados pre y post operatorios.
2.- Actitudes: Exigente atención a los detalles. Capacidad  para tomar decisiones con rapidez. Autocontrol ante situaciones imprevistas. Capacidad para asumir responsabilidades. Capacidad para soportar el estrés. Aspectos éticos, humanos y sociales.

          El cirujano principal es el responsable de establecer el diagnóstico de la patología por la cual se interviene al enfermo. Y será de su competencia la indicación operatoria y, tiene que justificar con un análisis suficiente del paciente que incluye:
Diagnóstico preciso. Nula respuesta al tratamiento médico. Valoración de los riesgos. Beneficios de la operación propuesta. Cuál operación recomienda. Desventajas de la operación. Existen otras alternativas?. Capacitación del cirujano.

          El cirujano debe responderle al paciente las siguientes interrogantes (5)
Cuál operación me recomienda. Por qué necesito esta operación. Cuáles son las desventajas de la operación. Qué sucedería si no me opero. Donde puedo obtener una segunda opinión?. Que tanta experiencia tiene el médico en este tipo de operación?. Que tipo de anestesia necesitaré?.Cuánto costará la operación?.

          El cirujano está obligado a ejecutar la técnica quirúrgica indicada con destreza para minimizar las posibles complicaciones postoperatorias. Ni legal ni contractualmente, el profesional no está obligado ni puede comprometerse a curar, sino a tratar de hacerlo aplicando técnicas correctas con la mayor prudencia y diligencia en su ejercicio.

          VARIABLES DEL ACTO  QUIRÚRGICO.  RIESGOS.

Tres tipos de variables en un acto quirúrgico de las cuales depende el riesgo:

a) Variables Dependientes: dependen básicamente de la magnitud del acto y técnica quirúrgica, de las condiciones previas del paciente, bien sean locales o generales con la presencia o no de patologías concurrentes que ensombrecen el pronóstico quirúrgico.

b) Variables interdependientes: que mantienen ciertas condiciones que en un momento dado pueden influir en el transcurrir del acto quirúrgico dándole seguridad o inseguridad. Ej: facilidades tecnológicas de la institución donde se ejecuta la operación y las facilidades del centro hospitalario para enfrentar la pericia y/o la inexperiencia del cirujano.

c) Variables Independientes: son resultado del azar. Reacciones idiosincráticas del paciente de  algún medicamento anestésico u otro que se le administrare durante la inducción anestésica. Falla de los equipos de monitoreo que puedan escapar al mantenimiento preventivo.(6).

          En el grupo médico cada cual cumple con una función y cierta independencia, la responsabilidad es colectiva a menos que se pruebe quien ha sido el causante o si se excluye a quien pruebe que no haya sido.


CAUSAS  POR LAS QUE UN MÉDICO PUEDE SER ACUSADO Y DEMANDADO.

1.- NEGLIGENCIA:
          a) Incapacidad para establecer un diagnóstico.
          b) Menosprecio de la información.
          c) Tratamiento inadecuado.
          d) Insuficiencia de conocimientos.
2. Impericia.
3.- Imprudencia.
4.- Exceso de confianza.
5.- Inobservancia de las normas.
6.- Iatrogenia.
7.- Incumplimiento de resultados.
8.- Complicaciones.
9.- Abuso y/o acoso sexual.

ELEMENTOS QUE INFLUYEN EN LA PROBABILIDAD DE DEMANDA:

1.- Que la relación médico/paciente haya sido establecida.
2.- Que el médico haya dejado de incumplir algunos de sus deberes para con el paciente.
3.- Que el incumplimiento de sus obligaciones haya sido la causa inmediata del perjuicio infligido al paciente.
4.- Calidad de la comunicación.(3).

          Haremos un pequeño análisis, por lo extenso del tema, sobre algunas causas que motivan las demandas  por  Dispraxys Médica.

1.- Negligencia: indica descuido, omisión, falta de aplicación. Negligente es un sujeto descuidado, desde el punto de vista legal implica conducta descuidada e imprudente, se trata de omisión o comisión, es necesario introducir la imputación del daño sufrido por la persona. Se debe comprobar la negligencia, las pruebas deben ser presentadas por el demandante; probar si el médico ejerció el debido cuidado o pericia en aquella situación, los hechos hablan por si mismo.

2.- Impericia, inexperiencia: definitivamente no se deben operar pacientes sin antes tener la experiencia necesaria para realizar el procedimiento; es el mandamiento ético fundamental. El médico tiene la obligación moral y legal de procurar hallarse informado de los avances del conocimiento médico. El Código de Deontología Médica, en el Título II, Capítulo primero, artículo 2, lo tipifica definitivamente. (16)

          Para que se configure la comprobación de responsabilidad deben concurrir los siguientes elementos: (12).
1.- Daño: para incriminar sobre responsabilidad a alguien.
2.- Antijuricidad: debe violar un deber jurídico.
3.- Debe existir relación  de causalidad entre el hecho dado y el daño emergente sobre la víctima.
4.- Culpa, dolosa o culposa. La culpabilidad dolosa es cuando existe intención de dañar a alguien o algo; el delito culposo cuando no existe tal intención, sino la responsabilidad por haber actuado
5.-Testimonios de expertos requeridos en términos generales para establecer la actuación incorrecta.
6.- Determinar con claridad la causa inmediata.
7.- Res Ipsa Loquitur: las cosas hablan por  mismas.
8.- Consentimiento previa información por parte del paciente.

DOCTRINA Y  JURISPRUDENCIA  MÉDICA: Jurisprudencia es el hábito de interpretar correctamente a los casos que ocurren. En la responsabilidad o irresponsabilidad médica existen reglas generales de buen sentido y prudencia a las cuales hay que ajustarse en el ejercicio de cada profesión. Los médicos siguen sometidos al derecho común.

Apreciación de la culpa: la medicina es una ciencia inexacta en sí misma como toda ciencia valorativa. El error es fácil. El juez le interesa saber si la conducta humana incriminada merece o no reproche. Lo decisivo para el derecho  no es el error científico en sí sino la causa humana del error. (18)

          La complejidad de técnicas y procedimientos utilizados ha contribuido en  aumentar la eficacia de los resultados terapéuticos, pero ha creado mayores circunstancias riesgosas. Responsabilidad es el cargo u obligación que resulta del posible yerro en cosa o asunto determinado
 que es toda acción u omisión que cause daño a otro en su persona o en sus bienes, es ilícita. La responsabilidad penal se castiga con privación de la libertad personal.

          La demostración de haber sufrido un daño le corresponde al damnificado tanto en el orden contractual como en el orden extracontractual. El daño moral es el menoscabo de los  valores no económicos o morales tutelados por la ley que no constituye una disminución del patrimonio.


CONCLUSIONES:

Se presentan los factores que en la comunicación con el paciente son potencialmente iatrogénicos y establecidos con ellos la siguiente relación:
a) Palabras y gestos directamente traumatizantes para el paciente, provocan sentimientos de humillación o ridículo, estimulan su hipocondría, atentan contra su autoestima, crean o aumentan su desconfianza.
b) Frases en las que se niega la existencia de la enfermedad que encierra una injusticia valorativa  del paciente, el cual puede sentirse acusado de simulador.
c) Formas de comunicación en las que el médico oculta su búsqueda de satisfacción personal que constituyen un verdadero atentado contra el sentido que de servicio tiene la terapéutica.
d) Hacer confidencias acerca de problemas o situaciones propias o de otras personas mediante las cuales se intenta equivocadamente facilitar la comprensión al paciente de los suyos; pueden incidir negativamente en los sentimientos de inferioridad.
e) Exceso de exposición de razonamientos lógicos que, o se aplican a lo irracional, que carece de lógica, o son inaccesibles para el paciente desde su situación debido a sus actitudes.
f) Palabras y expresiones con matices mágicos que surgen del propio narcisismo.
g) Formulación de toda clase de consejos que vayan más allá de los límites de lo puramente terapéutico.
h) Hacer proselitismo de ideas ajenas a la salud, pueden significar la expresión de impulsos personales, puede ser experimentado por el enfermo como intento de servirse de él como medio.
i) Cualquier expresión que pueda significar autoritarismo, tanto por lo que puede aumentar la dependencia hasta convertirla en subordinación como por lo que puede afectar a la necesaria autoridad y disminuirla.
j) Cualquier manifestación de inseguridad que fácilmente puede incrementar la angustia del paciente.
k) Diagnósticos precipitados no suficientemente confirmados pueden quedar fijadas en el paciente y resultar difícil rectificarlos posteriormente. Igualmente pueden ser nocivos diagnósticos y pronósticos que por formulación resultan destructivos.
l.- Los tecnicismos, que si bien son precisos en el lenguaje científico, tienen excesivos matices en el llamado coloquial y suelen desorientar.


RECOMENDACIONES PARA EVITAR JUICIOS DE DISPRAXIS  MÉDICA.- (20).
1.- Actuar en todo momento para el bien de los pacientes y nunca para mal de persona alguna. Primun Non Nocere.
2.- Ilustrar a todo paciente sobre las características del acto médico, diagnóstico o tratamiento y solicitar su consentimiento.
3.- Advertir a los pacientes sobre los riesgos del acto médico y recalcar que la medicina no es una ciencia exacta.
4.- Admitir de inmediato los errores cometidos, lo que no equivale a confesar negligencia o impericia.
5.-No sobre valorar las técnicas o instrumentos, ni anteponerse a la relación directo o humana médico/paciente.
6.- No confiar ciegamente en las habilidades de los integrantes de un equipo médico, colega o paramédicos.
7.- No criticar el diagnóstico o tratamiento de otros médicos.
8.- No actuar sin los medios e instrumental mínimo requerido y denunciar oportunamente las carencias hospitalarias.
9.- Dejar constancia por escrito de lo actuado, respetando la confidencialidad y el secreto profesional.
10.- Avalar las intervenciones que afecten la intimidad con el personal técnico  auxiliar o con personas de confianza de los pacientes.
11.- Prescindir, salvo casos de emergencia, de indicaciones, diagnósticos o tratamientos a distancia.
12.- Practicar la medicina  encimática, esto es, estar encima del paciente

Julián Viso Rodriguez.
Médico / Cirujano
Caracas.
Fecha: 3 de marzo 2019

E/mail: julivisorodriguez@gmail.com














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